Las normas nacionales sobre sucesiones varían considerablemente de un Estado miembro a otro (por ejemplo, quién hereda, cuáles son las porciones hereditarias, las legítimas y las reservas, cuán amplia es la libertad de testar, cómo ha de administrarse el caudal hereditario, cuán amplia es la responsabilidad de los herederos por deudas, etc.). Así, en este artículo analizaremos algunas diferencias que presentan España y Polonia en materia de sucesiones, haciendo hincapié en lo que refiere al Registro central de testamentos.